La Jefatura de la Policía Local ha detectado en las últimas semanas un incremento en las llamadas ciudadanas, en horario nocturno, en las que se denuncia la celebración de reuniones y fiestas en domicilios a horas avanzadas de la noche, lo que conlleva el incumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza Municipal sobre Normas Básicas de Convivencia de Interés de Policía y su Buen Gobierno, además de las disposiciones dispuestas por la Junta de Andalucía para frenar la pandemia de la covid-19.
Ante esta situación, por parte policial se solicita colaboración ciudadana, recordando lo establecido en la ordenanzas sobre normas básicas de convivencia, en la que en su artículo 5 se estipula que alterar la convivencia y tranquilidad vecinal en inmuebles, edificios, construcciones, instalaciones, vehículos u otros bienes de titularidad privada, produciendo actividades que causen molestias por ruidos de cualquier tipo, serán valoradas por los agentes de la Policía Local previa denuncia de un particular. Las infracciones previstas pueden conllevar la imposición de sanciones con multas de hasta 750 euros.
A todo lo anterior habría que unir también lo dispuesto en el Decreto Ley 21/2020, de 4 de agosto, por el que se establece el régimen sancionador por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención aplicables en Andalucía ante el covid-19. En su capitulo segundo, el artículo quinto tipifica como infracciones leves la celebración de reuniones, fiestas o cualquier otro tipo de actividad o acto permanente o esporádico, sea público o privado, en los que se produzcan aglomeraciones que impidan o dificulten la adopción de las medidas sanitarias de prevención que puedan suponer un riesgo o daño leve para la salud de la población.
A estas infracciones leves les corresponde una sanción que oscilaría entre los 100 y 3000 euros, a la que se uniría una multa de 100 euros por el incumplimiento de la obligación de utilizar mascarillas de protección o el uso inadecuado de las mismas.